Actividad 2. Requisitos del Pais receptor.



Del producto que elegiste exportar determina la documentación que se requiere entregar, conforme a la ley aduanera, al agente aduanal y que pueda elaborar el pedimento correspondiente.

• Impresión simplificada del pedimento de exportación
• Comprobante de Valor electrónico (COVE).
• Documentos que comprueben las regulaciones y
restricciones no arancelarias tales como: Certificado de cumplimiento NOM-070-SCFI-1994
• Certificado de origen.
• Pedimento de exportación.
• Factura comercial o cualquier documento que exprese el valor de las mercancías el cual deberá corresponder con el (COVE).
• Lista de empaque.
• Documento de transporte.
• MSDS (opcional)
• Carta de instrucciones al Agente Aduanal
• Póliza de seguro (opcional)



Elabora un diagrama de flujo que sirva de guía para que todas aquellas personas que desean exportar identifiquen los trámites del despacho aduanal, determinando los tiempos de ejecución.





Selecciona al agente aduanal que llevará a cabo la operación de exportación entre dos opciones de las cuales obtengas la información.

Se eligió a dos agentes aduanales localizados en Salina Cruz Oaxaca, puerto desde donde nuestro producto se va a despachar a Chile, y elegimos a Agencia Aduanal Trimodal de México.

Agencias Aduanales
BCA CUSTOMS & LOGISTICS SERVICES, S. C.
Correo Electrónico     direccioncorporativa@bca-sc.com.mx
Sitio Web        www.bca-sc.com.mx
Teléfono         971.714.2211


AGENCIA ADUANAL TRIMODAL DE MEXICO, S.C.
Correo Electrónico     info@grupobelchez.com
Sitio Web        www.grupobelchez.com
Teléfono         971.720.3251


Investiga, en el país destino o receptor, si el producto a exportarse cumple con las especificaciones y certificaciones establecidas.


En Chile, existe el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), encargado de establecer las regulaciones y normativas para la importación y exportación de productos de y hacia Chile y establece las siguientes regulaciones, que son cumplidas totalmente por nuestro producto, como por nuestro canal de distribución.

Toda persona natural o jurídica que desee importar bebidas alcohólicas a Chile debe:

·         Estar inscrita en el Registro de productores, envasadores, comercializadores, importadores y exportadores de alcoholes etílicos y bebidas alcohólicas (Inicio de actividades).
·         Inscribir los productos a importar.
·         El producto al ingresar al país será muestreado y analizado por los/as inspectores/as del SAG, previa cancelación del análisis. La partida quedará retenida hasta que se notifica el resultado del análisis. Todo ello, con el fin de verificar que cumple con la normativa vigente.
·         Si el Servicio califica al producto como “APTO PARA IMPORTAR” a través del Boletín de análisis, éste podrá ser comercializado. Si al contrario, es calificado como "NO APTO PARA IMPORTAR", debe ser reexportado o destruido.



II. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN A CHILE.

A.    INSCRIPCIÓN COMO IMPORTADOR.

Toda persona natural o jurídica que desee importar alguno de los productos definidos en la Ley N° 18.455 y sus normas, deberá inscribirse como Importador de Bebidas alcohólicas en el Servicio Agrícola y Ganadero, Art. N° 13 de la Ley 18.455, para lo cual previamente debe disponer del Inicio de Actividades como Importador del Servicio de Impuestos Internos y el RUT (Formulario web site del Servicio).

B.    INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.

Previo a la importación de las bebidas alcohólicas, éstas deberán ser inscritas en el Registro a que se refiere en el Artículo 59° del Decreto N° 78 de 1986 (Reglamento de la Ley 18.455).

Para tales efectos el interesado deberá entregar por escrito los siguientes antecedentes:

a) Naturaleza específica del producto.(nombre genérico)
b) Nombre de fantasía, si lo tuviere.
c) Nombre o razón social y domicilio del importador.
d) Composición genérica del producto y las materias primas utilizadas. Si se tratare de destilados y licores, el Servicio podrá encasillar el producto en alguna de las calificaciones señaladas en el Artículo 12º de este reglamento o asignarle otra clasificación si el producto tiene una composición genérica significativamente diferente.
e) Graduación alcohólica. (art. 12 del Decreto 78 de 1986). Los productos que no se encuentren inscritos en el registro no podrán ser comercializados en el país.

C.   SOLICITUD DE INSPECCIÓN.

Al momento de ingresar el producto al país, el importador o su representante deberá llenar una solicitud de inspección a través de Certificado de Destinación Aduanera (CDA) para Productos Agropecuarios que podrá retirar en las Oficinas del SAG en los puertos de ingreso, donde se detallará la cantidad y la individualización del producto afecto a la Ley 18.455.

El C.D.A. se debe acompañar de los documentos necesarios que identifiquen la partida y de la declaración jurada relativa a la naturaleza del producto.


Consulta la Rúbrica de evaluación para que conozcas cómo será evaluada tu aportación.






Referencias y Bibliografía

Beneva (2018). Pagina web de la compañía mezcalera Benevá. Recuperado de:

Comercio y Aduanas (2012). Programas de comercio exterior en México. Comercio y Aduanas. México. Recuperado de:

CRM (2018). Informe anual estadístico. Consejo regulador del Mezcal. Recuperado de:

PROMEXICO (2018). Negocios México-Chile. Pro México. Recuperado de:

Redalyc (2018). El mezcal de Oaxaca, un cluster natural en etapa de crecimiento. Revista Mexicana de Agronegocios. Recuperado de:

SAG (2018). Servicio Agrícola y Ganadero. Ley 18.455 Chile. Recuperado de:
http://www.sag.gob.cl/sites/default/files/ordinario_3361.pdf

Secretaria de Economía (2018). Oferta Exportable. Secretaria de Economía. Recuperado de:

UNADM (2018). Contenido Nuclear. Segunda Unidad. Proceso de Exportación. Oferta Exportable. UNADM. México.

Comentarios

  1. Con el gusto de saludarte compañero, te comento que no observo evidencia de los requisitos no arancelarios y la documentación como el encargo conferido, el pedimento, la factura comercial, etc
    Saludos

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  2. Hola compañero estoy revisando tu actividad y veo que faltan puntos por desarrollar, ya que es recomendable que antes de iniciar la exportación se evalúen todos y cada uno de los aspectos que repercutirán de forma directa en la rentabilidad del mismo, en especial cuando se trata de una negociación internacional, donde es necesario cumplir con ciertos requisitos para que la comercialización se lleve a cabo., también noto que tu diagrama de flujo no es correcto ya que este debe ser una representación gráfica de un proceso, en este caso de la exportación y aduanas.

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  3. Buenas Noches Compañero

    Observando tu actividad veo que haces mención sobre los documentos que se deben de presentar en la aduana, pero falta la ejemplificación de los documentos debidamente llenados, como bien mencionas algunos son opcionales.

    REQUISITOS EN MEXICO PARA LA EXPORTACION DEL MEZCAL:

    • RFC
    • Registro de marca
    • Código de barras
    • Marbetes
    • Padrón sectorial de exportadores
    • Certificado Fitosanitario Internacional
    • Certificado de Origen

    Saludos.

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